La demanda de alimentos se presenta ante el Juzgado de Familia del domicilio del alimentante o del alimentario. El proceso puede incluir la solicitud de alimentos provisorios, que el tribunal fija en la primera audiencia.
Puntos clave
- La demanda se presenta en el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del demandante o demandado.
- Puedes solicitar alimentos provisorios desde la primera presentación — el tribunal los fija en la audiencia preparatoria.
- Los alimentos se calculan en base a las necesidades del alimentario y la capacidad económica del alimentante.
- El incumplimiento del pago puede derivar en arresto de hasta 15 días y retención de devolución de impuestos.
- Los alimentos pueden ajustarse si cambian las circunstancias económicas de cualquiera de las partes.
Preguntas frecuentes
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