Suspensión del régimen de visitas: cuándo y cómo solicitarla

Régimen de visitas · Derecho de Familia

Ley 19.968

La suspensión del régimen de visitas procede cuando las circunstancias que se tuvieron en cuenta para establecerlo han variado sustancialmente, o cuando el ejercicio de las visitas pone en riesgo el interés superior del niño. El juez tiene la autoridad para decretar la suspensión o restricción, incluso de manera provisional.

Puntos clave

  • El juez de familia puede suspender o restringir las visitas cuando está claro que representan un riesgo para el niño.
  • Procede cuando uno de los padres tiene problemas de alcohol, drogas, es violento, o cualquier situación que afecte la integridad del menor.
  • El tribunal puede decretar la suspensión de manera provisional ante pruebas sólidas y serias.
  • La suspensión puede ser temporal: si el padre supera los problemas, puede solicitar la restitución del régimen.
  • La suspensión implica detener las visitas; la restricción las limita (menor frecuencia, supervisión de tercero, lugar específico).
  • La violencia intrafamiliar es una de las causales más frecuentes para solicitar la suspensión.

¿Qué es la suspensión del régimen de visitas?

La relación directa y regular, también conocida como régimen de visitas, es un derecho y deber del padre o madre que no tiene la custodia de sus hijos, con el fin de mantener con ellos un contacto cercano y regular a lo largo del tiempo.

Cuando nos referimos a la suspensión del régimen de visitas, nos referimos al caso en que las circunstancias que se tuvieron en cuenta para establecer el régimen han variado sustancialmente, o bien, tiene lugar por la ocurrencia de determinadas situaciones que afectan directa o indirectamente el interés superior del niño.

El interés superior del niño implica que todas las decisiones que se tomen en relación a un niño, niña o adolescente deben ir orientadas a su bienestar y pleno ejercicio de derechos.

Suspensión del régimen de visitas

El juez de familia tiene la autoridad para detener o limitar las visitas si está claro que esto podría dañar al niño de alguna manera, como cuando uno de los padres tiene problemas con el alcohol, las drogas, o es violento, por mencionar algunos ejemplos. En situaciones así, el niño o niña estaría en peligro, por lo que el padre o la madre que tiene la custodia puede pedir que se detengan o limiten las visitas.

Suspensión provisional

El tribunal puede considerar una solicitud de suspensión o restricción de manera provisional si se presentan pruebas sólidas y serias que respalden esta petición.

Preguntas frecuentes

Procede cuando las visitas podrían dañar al niño, por ejemplo: cuando uno de los padres tiene problemas con el alcohol, las drogas, es violento, o cualquier situación que ponga en peligro la integridad física o emocional del menor. El juez evaluará si es necesario suspender o restringir las visitas para proteger al niño.

Sí, el tribunal puede considerar una solicitud de suspensión o restricción de manera provisional si se presentan pruebas sólidas y serias que respalden esta petición. Esto permite proteger al niño de manera inmediata mientras se tramita el caso.

La suspensión implica detener completamente las visitas. La restricción significa limitarlas, por ejemplo: reducir la frecuencia, establecer que sean supervisadas por un tercero, o que se realicen en un lugar específico.

Sí, la violencia intrafamiliar es una de las principales causales para solicitar la suspensión o restricción del régimen de visitas. Si existe una causa por VIF en curso, puedes solicitar al tribunal que suspenda las visitas mientras se tramita el caso, para proteger al niño.

No necesariamente. Puede ser temporal mientras persista la situación de riesgo. Si el padre o madre supera los problemas que motivaron la suspensión, puede solicitar al tribunal que restablezca el régimen de visitas, acreditando que ya no existe riesgo para el niño.

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