Despido por necesidades de la empresa o desahucio
Derecho a indemnización por años de servicio + aviso previo. El empleador podría descontar el aporte del trabajador al AFC, pero puedes demandar su devolución junto al despido injustificado.
El finiquito es el documento que pone fin a tu contrato de trabajo. La ley establece exactamente qué montos debe incluir según la causal de despido. Calcula en 5 minutos si lo que te ofrecen es correcto.
Derecho a indemnización por años de servicio + aviso previo. El empleador podría descontar el aporte del trabajador al AFC, pero puedes demandar su devolución junto al despido injustificado.
Solo se pagan las vacaciones proporcionales acumuladas. No contempla la indemnización por años de servicio ni aviso previo. No obstante, tales conceptos pueden ser demandados junto al despido injustificado.
no corresponde indemnización por años de servicio, pero sí el pago de vacaciones proporcionales.
Siempre corresponde el pago de las vacaciones proporcionales no utilizadas, cualquiera sea la causal de despido. El tope de la indemnización por años de servicio es de 11 meses de remuneración.
Ingresa tu remuneración, la causal de despido y los días de vacaciones acumuladas. El resultado incluye todos los conceptos que corresponden según la ley.
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Un abogado laboral analizará tu caso y te dirá qué puedes hacer frente a tu situación particular. Aclararemos todas tus dudas.
Si los montos no calzan, te asesoramos sobre la reserva de derechos o las acciones legales que podrías interponer.
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Te ayudamos a revisar los montos del finiquito antes de firmarlo y, si no cuadran, a preparar la reserva de derechos.
Preguntas frecuentes
Depende de la causal. Para el Art. 161 CT (necesidades de la empresa), corresponde el pago de la indemnización por años de servicio y sustitutiva de aviso previo si el despido no se produce con 30 días de anticipación. Para el Art. 160 CT (disciplinario), solo vacaciones proporcionales. Para el Art. 159 (vencimiento de plazo, conclusión de obra), solo vacaciones. La calculadora aplica automáticamente los conceptos según la causal que ingreses.
El empleador debe poner el finiquito a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de la relación laboral. Si no lo hace, y tratándose de la causal del artículo 161 del Código del Trabajo, y en la medida que los montos a indemnizar se encuentren expresamente detallados en la carta de despido, se expone a un recargo de hasta un 150% sobre los años de servicio y mes de aviso previo, lo cual quedará finalmente a criterio del tribunal.
La reserva de derechos es el acto por el cual el trabajador manifiesta por escrito, en el finiquito, su intención de interponer ciertas y determinadas acciones judiciales, junto con reclamar aquellos conceptos que a su juicio no le han sido pagados o le faltan por indemnizar. Con la reserva de derechos, puedes recibir los montos que señala el finiquito y luego demandar los conceptos que te reservaste. Dicha reserva deberá plasmarse por escrito en el finiquito y en cada una de sus copias. Para estos efectos, es sumamente importante que el trabajador señale específicamente las demandas y conceptos que desea reclamar, de lo contrario sus posibilidades se verán drásticamente reducidas.
El artículo 13 de la Ley 19.728 sobre el seguro de desempleo, establece que si el contrato termina por la causal de despido “necesidades de la empresa” o “desahucio”, el empleador podrá imputar o descontar el aporte efectuado al seguro de cesantía del trabajador, más específicamente a su cuenta individual de cesantía (CIC), hecho que se materializará en el finiquito de trabajo. En términos prácticos, la procedencia o improcedencia del descuento dependerá de lo que haga finalmente el trabajador.
Si el trabajador decide demandar por despido injustificado y el tribunal lo declara en esos términos, el descuento asociado al seguro de cesantía le tendrá que ser devuelto. De esta forma, para solicitar la devolución del descuento del seguro de cesantía, resulta imprescindible demandar por despido injustificado. En caso contrario, la inactividad del trabajador validará el despido y el descuento aplicado será del todo procedente. Recuerda que si deseas demandar la devolución del descuento por el seguro de cesantía, deberás firmar tu finiquito con una reserva de derechos. Si tienes dudas, consulta nuestro generador de reserva de derechos.
Dado que el finiquito cierra todo lo relativo al término del contrato: indemnizaciones, vacaciones, remuneraciones y eventuales reclamos contra el empleador, si vas a firmarlo debes dejar constancia expresa de que te reservas el derecho a demandar por el accidente del trabajo: si firmas sin esa reserva, tus posibilidades de demandar se reducen prácticamente a cero.
En términos generales, firmar el finiquito sin reserva implica que aceptas el finiquito en sus términos y renuncias a demandar los conceptos ahí señalados. Existen excepciones muy acotadas (vicios del consentimiento o nulidad del despido) que requieren un análisis caso a caso. Por eso es importante consultar antes de firmar.
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