Causales de autodespido

Causales del Art. 160 CT que habilitan al trabajador para invocar el autodespido del Art. 171.

Autodespido por incumplimiento grave de las obligaciones del empleador

El artículo 160 N° 7 en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones contractuales y/o legales, manteniendo el derecho a indemnización por años de servicio, aviso previo y un recargo legal del 50%.

Art. 160 N° 7 y Art. 171 Código del Trabajo

Autodespido por acoso laboral del empleador

El artículo 160 N° 1 letra f) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador ejerce conductas de acoso laboral en su contra, con derecho a indemnización por años de servicio, aviso previo y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 1 letra f) y Art. 171 Código del Trabajo

Autodespido por acoso sexual del empleador

El artículo 160 N° 1 letra b) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador realiza requerimientos de carácter sexual no consentidos que amenacen o perjudiquen su situación laboral, con derecho a indemnización por años de servicio, aviso previo y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 1 letra b) y Art. 171 Código del Trabajo

Autodespido por actos, omisiones o imprudencias temerarias del empleador

El artículo 160 N° 5 en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador, mediante actos u omisiones inexcusables, expone imprudente o maliciosamente la seguridad, actividad o salud de sus trabajadores, con derecho a indemnización y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 5 y Art. 171 Código del Trabajo

Autodespido por conducta inmoral del empleador

El artículo 160 N° 1 letra e) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador incurre en conductas que atentan contra los valores y principios morales considerados normales por la sociedad, cometidas al interior de la empresa y que afecten objetivamente al trabajador.

Art. 160 N° 1 letra e) y Art. 171 Código del Trabajo

Autodespido por falta de probidad del empleador

El artículo 160 N° 1 letra a) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador actúa con ausencia de integridad y honradez, quebrando la confianza sobre la que se funda la relación laboral, con derecho a indemnización y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 1 letra a) y Art. 171 Código del Trabajo

Autodespido por injurias proferidas por el empleador

El artículo 160 N° 1 letra d) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador profiere expresiones o ejecuta actos que lo deshonran, desacreditan o menosprecian, quebrando el respeto mutuo que debe regir la relación laboral.

Art. 160 N° 1 letra d) y Art. 171 Código del Trabajo

Autodespido por vías de hecho ejercidas por el empleador

El artículo 160 N° 1 letra c) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador ejerce violencia física en su contra, afectando su integridad física, psíquica y la disciplina del lugar de trabajo.

Art. 160 N° 1 letra c) y Art. 171 Código del Trabajo
Laboral
Familia