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Causales de autodespido

Causales del Art. 160 CT que habilitan al trabajador para invocar el autodespido del Art. 171.

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Autodespido por incumplimiento grave de las obligaciones del empleador

El artículo 160 N° 7 en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones contractuales y/o legales, manteniendo el derecho a indemnización por años de servicio, aviso previo y un recargo legal del 50%.

Art. 160 N° 7 y Art. 171 Código del Trabajo
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Autodespido por acoso laboral del empleador

El artículo 160 N° 1 letra f) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador ejerce conductas de acoso laboral en su contra, con derecho a indemnización por años de servicio, aviso previo y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 1 letra f) y Art. 171 Código del Trabajo
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Autodespido por acoso sexual del empleador

El artículo 160 N° 1 letra b) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador realiza requerimientos de carácter sexual no consentidos que amenacen o perjudiquen su situación laboral, con derecho a indemnización por años de servicio, aviso previo y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 1 letra b) y Art. 171 Código del Trabajo
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Autodespido por actos, omisiones o imprudencias temerarias del empleador

El artículo 160 N° 5 en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador, mediante actos u omisiones inexcusables, expone imprudente o maliciosamente la seguridad, actividad o salud de sus trabajadores, con derecho a indemnización y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 5 y Art. 171 Código del Trabajo
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Autodespido por conducta inmoral del empleador

El artículo 160 N° 1 letra e) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador incurre en conductas que atentan contra los valores y principios morales considerados normales por la sociedad, cometidas al interior de la empresa y que afecten objetivamente al trabajador.

Art. 160 N° 1 letra e) y Art. 171 Código del Trabajo
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Autodespido por falta de probidad del empleador

El artículo 160 N° 1 letra a) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador actúa con ausencia de integridad y honradez, quebrando la confianza sobre la que se funda la relación laboral, con derecho a indemnización y un recargo legal de hasta el 80%.

Art. 160 N° 1 letra a) y Art. 171 Código del Trabajo
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Autodespido por injurias proferidas por el empleador

El artículo 160 N° 1 letra d) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador profiere expresiones o ejecuta actos que lo deshonran, desacreditan o menosprecian, quebrando el respeto mutuo que debe regir la relación laboral.

Art. 160 N° 1 letra d) y Art. 171 Código del Trabajo
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Autodespido por vías de hecho ejercidas por el empleador

El artículo 160 N° 1 letra c) en relación al artículo 171 del Código del Trabajo faculta al trabajador para poner término a su contrato cuando el empleador ejerce violencia física en su contra, afectando su integridad física, psíquica y la disciplina del lugar de trabajo.

Art. 160 N° 1 letra c) y Art. 171 Código del Trabajo
Laboral
Familia